Fuente :
B.O.E.
El pasado sábado 31 de
diciembre de 2012 se publicó, en el B.O.E. 314, la resolución de 28 de
diciembre, de la Dirección General de Política Energética y Minas, los precios
sin impuestos de alquiler de contadores y equipos de telemedida, a los usuarios
o abonados por parte de las empresas o entidades suministradoras de los mismos
:
CAUDAL DEL CONTADOR (m3/H)
|
TARIFAS DE ALQUILER
|
Hasta 3
m3/hora
|
0,69 €/mes
|
Hasta 6
m3/hora
|
1,25 €/mes
|
Superior
a 6 m3/hora. % por 1.000 del valor medio del contador que se fija a
continuación.
|
12,5 por 1.000 del valor medio del
contador que se fija a continuación/mes
|
CAUDAL DE CONTADOR (m3/hora)
|
VALOR MEDIO DEL CONTADOR €
|
Hasta 10
|
211,24
|
Hasta 25
|
388,80
|
Hasta 40
|
754,02
|
Hasta 65
|
1.540,36
|
Hasta 100
|
2.085,32
|
Hasta 160
|
3.270,89
|
Hasta 250
|
6.922,33
|
Al mismo tiempo, el B.O.E.
antes referido indica : “El cobro del
alquiler mensual por las entidades propietarias de los aparatos contadores
supone la obligación por parte de dichas entidades de realizar por su cuenta el
mantenimiento de los mismos”
Si está interesado y quiere
que le ayudemos a tomar la mejor decisión, analizando su caso de manera
pormenorizada, no dude en contactar con nosotros.
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