Fuente : B.O.E.
- 01/03/2013
En resolución de 22 de
febrero de 2013 Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y
Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras en el ejercicio de sus funciones
y de conformidad con la normativa reguladora, resuelve
Segundo.
Denegar las ayudas
solicitadas para 2012 al amparo de la Orden ITC/3007/2011, de 3 de noviembre, a
la empresa S.A. Hullera Vasco Leonesa por importe de 15.504.428 euros, por
incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, tal y como se acredita en el certificado
negativo de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 19 de febrero
de 2013.
Tercero.
Denegar las ayudas
solicitadas para 2012 al amparo de la Orden ITC/3007/2011, de 3 de noviembre, a
la empresa Coto Minero Cantábrico, S.A. por importe de 19.817.161 euros, por
incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de
Subvenciones, tal y como se acredita en el certificado negativo de la Tesorería
General de la Seguridad Social de fecha 19 de febrero de 2013.
Cuarto.
Denegar las ayudas
solicitadas para 2012 al amparo de la Orden ITC/3007/2011, de 3 de noviembre, a
la empresa Unión Minera del Norte, S.A por importe de 29.332.620 euros, por
incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17
de
noviembre, General de
Subvenciones, tal y como se acredita en el certificado negativo de la Tesorería
General de la Seguridad Social de fecha 19 de febrero de 2013.
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